La Audiencia Provincial de Gerona ha rechazado el recurso de un hombre que fue condenado por un delito de faltas después de no haber podido acudir al juicio. Hasta ahí, todo normal. Lo inédito es que el reo alegó por escrito ante el tribunal haberse visto sorprendido por una inesperada diarrea. A pesar de que el recurrente explicó con todo lujo de detalles el apretón que le impidió sentarse en el banquillo, la Sección Tercera ha rechazado la petición por entender que una colitis, aunque es embarazosa, no es motivo suficiente para no comparecer en una vista oral.
Los hechos se remontan a mayo de 2003. M.P.L. fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Gerona a una pena de tres fines de semana de arresto por una falta de lesiones después de una riña. El magistrado dictó sentencia a pesar de que M.P.L. no llegó a declarar contra su oponente porque no se encontraba en la sala.
Pero M.P.L. no se conformó con el fallo. Apenas conoció el contenido de la sentencia, él mismo presentó ante el tribunal un recurso de apelación casero, escrito a mano, con alguna falta de ortografía, y sin ningún tipo de formalismo. En ese papel, que le fue aceptado por la administración de Justicia, el reo explicó sin rodeos lo que le había ocurrido: "No estoy de acuerdo con la sentencia porque, de haberme presentado a la hora citada, la sentencia podría ser otra. El motivo por el cual llegué diez minutos tarde es que justo cuando decidí salir de casa para presentarme a la citación me entraron ganas de cagar y no podía aguantarme. Y por estos motivos presento recurso de apelación". A pesar de lo poco ortodoxo del escrito, la Audiencia Provincial lo aceptó y lo trató como cualquier otro recurso, aunque la propia sala reconoció lo "singular" del caso.
El tribunal, en un principio, se muestra comprensivo con los problemas gástricos de M.P.L.: "Sin duda -dice ls Sección de lo Penal- en la tesitura de escoger entre una y otra deposición, una por evacuación del vientre, otra por manifestación ante el juez como acusado, cualquier persona habría de optar por la primera por los graves apremios que supone el caso de no ser satisfecha esa necesidad fisiológica, siendo poco higiénica la presentación ante un tribunal en otras condiciones que no sean las de un completo descargo".
Sin embargo, alega el tribunal, "pese a lo expuesto no podemos acceder a lo que se nos solicita (que se anule la sentencia), porque la parte ni ha demostrado la existencia del sorpresivo apretón que refiere, ni acredita que, cuando después de sofocar sus presurosas consecuencias, acudió inmediatemente al acto del juicio".
(...) Eso sí, la guasa le sale gratis al acusado, M.P.L., ya que el tribunal ni siquiera le impone costas por tramitar este escatológico recurso.
Ideal de Granada, 2/4/07